Cuota de autónomos y su nueva actualización 2024
¡Actualización de la cuota de autónomos! El Real Decreto 665/2024, de 9 de julio, ha modificado el Reglamento General de Cotización y Liquidación de Derechos de la Seguridad Social (Real Decreto 2064/1995). Entre los cambios, destacan nuevas normas sobre los plazos y condiciones para que los autónomos puedan renunciar a la regularización de sus cuotas de la Seguridad Social.
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¿Qué es la cuota de autónomos?
La cuota de autónomos es un pago mensual obligatorio que los trabajadores por cuenta propia deben hacer a la Seguridad Social. Su importe se calcula aplicando un porcentaje sobre la base de cotización, que se estima según los ingresos mensuales del autónomo. Desde enero de 2023, el sistema cambió para ajustarse a tramos según los ingresos reales de cada trabajador.
¿Por qué deben los autónomos pagar una cuota a la Seguridad Social?
La cuota de autónomos se paga para que los trabajadores por cuenta propia puedan recibir ayudas y prestaciones, al igual que el resto de los trabajadores. De esta forma, si un autónomo tiene que dejar de trabajar, al haber pagado su cuota, podrá obtener una cobertura económica.
¿Cómo se calcula la cuota de autónomos en 2024?
Para determinarla, se suman todas las facturas del mes, descontando el IVA e IRPF correspondientes, y se añaden las cuotas pagadas a la Seguridad Social. El cálculo se basa en los rendimientos netos del IRPF, restando los gastos generales. Para los autónomos societarios, se aplica un 7% o un 3%.
Según el estado final de ingresos, el autónomo debe escoger entre 15 tramos de ingresos netos y elegir entre la cuota mínima o máxima dentro de los límites establecidos.
¿Cómo es la cotización por ingresos reales para los autónomos en 2024?
Para entender cómo funciona la cotización por ingresos reales para los autónomos, es importante saber que, desde enero de 2023, la base de cotización se determina en función de los ingresos reales del trabajador. Esto implica que la cuota a pagar cada mes dependerá del dinero que realmente gane.
Cabe destacar que, desde enero de 2023, los autónomos ya cotizan bajo este nuevo sistema, salvo los trabajadores religiosos y del mar. Aunque algunos no hayan ajustado su cuota en el RETA según sus ingresos reales, las cuotas pagadas en 2023 podrían no coincidir con los rendimientos netos declarados en la Renta, pudiendo ser superiores o inferiores.
¿Cuándo se regularizarán las cuotas de autónomos?
La TGSS va a ajustar las cotizaciones de los autónomos en función de sus declaraciones de IRPF. Esto afectará a todos los autónomos, incluso si mantuvieron sus bases de cotización antiguas. La Seguridad Social corregirá al alza o a la baja las cuotas pagadas el año anterior, según los rendimientos netos anuales de cada persona.
La notificación de esta regularización se enviará de manera telemática a través de NOTESS, aunque aún no se ha determinado una fecha exacta.
Novedades sobre la regularización de la cotización de los autónomos
El Real Decreto 665/2024, del 9 de julio, introduce modificaciones al Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, que fue aprobado originalmente por el Real Decreto 2064/1995. En particular, este nuevo decreto establece detalles específicos sobre los casos y plazos aplicables a los trabajadores autónomos que deseen renunciar a la regularización de sus cuotas a la Seguridad Social.
Altas presentadas fuera de plazo
El Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social se ha modificado para abordar los casos de altas presentadas fuera de plazo y períodos incluidos en actas de liquidación por falta de alta. Para las altas tardías, desde la fecha de alta hasta el último día del mes en que se presentó la solicitud (si se presentó después del mes en que comenzó la actividad), la base de cotización será la mínima del tramo 1 de la tabla general de este régimen especial, sin aplicar el procedimiento de regularización.
Altas de oficio a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
En el caso de altas de oficio, desde la fecha del alta hasta el último día del mes anterior a la fecha efectiva del alta, se aplicará la base de cotización mínima del tramo 1 del régimen especial. No obstante, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede fijar una base de cotización mayor. Esta normativa también se aplica a los períodos indicados en las actas de liquidación por falta de alta de trabajadores autónomos.
Casos en los que no se efectuará la regularización de cuotas
Si un trabajador autónomo se encontró en alguna de estas situaciones en 2023, las bases de cotización serán definitivas para la regularización:
- Incapacidad temporal.
- Descanso por nacimiento y cuidado de un menor.
- Riesgo durante el embarazo y lactancia.
- Meses usados para calcular prestaciones económicas de la Seguridad Social antes de la regularización.
- Cese de actividad.
- Altas fuera de plazo no regularizan los períodos desde el inicio de la actividad hasta el fin del mes en que se solicitó el alta.
- Disfrute de la Tarifa Plana.
- Incumplimiento de la presentación del IRPF.
¿Cuándo se abona la cuota de autónomo?
La cuota de autónomo debe pagarse el último día hábil del mes correspondiente. Por ejemplo, si es julio, se debe abonar el 30 de julio, a menos que caiga en sábado o domingo. Si no se hace el pago en la fecha establecida y se hace el mes siguiente, se aplicará un recargo del 10% y se añadirán intereses desde el día siguiente al vencimiento. Si el retraso es mayor a un mes, el recargo aumentará al 20%, además de los intereses.