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Jubilación, profesionales de la abogacía y procuradores

UPTA ha realizado un análisis de las diferencias que hay entre el sistema de la mutualidad y el sistema de RETA de la jubilación de los profesionales de la abogacía y procura.

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Diferencias de jubilación en el sistema de mutualidad y RETA

Por un lado, los profesionales de la abogacía jubilados en el sistema de mutualidad tendrán una pensión diferente al sistema de RETA dependiendo de unas variantes. La pensión de jubilación media tras 35 años de actividad varía entre los 300€ y 500€. Este sistema no recoge la pensión por incapacidad permanente, viudedad y orfandad. Además, por la baja de incapacidad laboral corresponde al trabajador 30€/día (Máximo de 1 año en todo su ejercicio profesional).

Sin embargo, por el sistema de RETA, la pensión de jubilación media tras 35 años de actividad es de 959,74€ (en la b/mínima). Y, a diferencia de la mutualidad si existe pensión por incapacidad (884,61€), por viudedad (646,48€) y orfandad (413,02€). Así como una pensión por la baja de incapacidad laboral entre el 60% y 75% de la base reguladora durante el tiempo que esté de baja. Con un máximo de 24 mensualidades y sin límite a lo largo de la vida profesional.

¿Cómo pasarse del sistema de mutualidad al RETA?

Para los profesionales de la abogacía que quieran pasar del sistema de mutualidad al RETA, UPTA ha realizado una propuesta de Pasarela al RETA. Esta recoge voluntariamente a los profesionales que quieran abandonar el Sistema Mutualista Alternativo, capitalizando sus aportaciones a la Mutualidad. Con esta propuesta se logra que la mayoría de los profesionales puedan jubilarse con una pensión media mínima de 1.100 euros al mes. Todo ella bajo una protección social basada en: incapacidad temporal, accidentes de trabajo, pensiones de jubilación dignas, pensión de orfandad y viudedad, etc.

El presidente de UPTA España, Eduardo Abad afirma que “la pasarela al RETA debe ser una prioridad para el Gobierno de España, no puede haber profesionales con estas condiciones de desprotección social, con jubilaciones inferiores al Ingreso Mínimo Vital. Es sencillamente insultante.”

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