¡Prepárate para el aumento de la Unidad Tributaria!
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A través de distintas redes sociales se dio a conocer la Gaceta Oficial [GO] número 42.623, dónde se encuentra publicada la providencia SNAT/2023/0000031, acto contentivo del aumento de la Unidad Tributaria [UT]. De acuerdo a este acto, la UT pasaría de 0.40 Bs. (valor fijado desde abril de 2022) a 9 Bs.
Aunque para el momento de redacción de este artículo dicha GO no ha sido publicada en el sitio web del Servicio Autónomo Imprenta Nacional y Gaceta Oficial, parece seguro que va a aumentar. No se trata, tampoco, de la primera vez que se dan a conocer GO a través de las redes sociales previo a su publicación por parte de las autoridades oficiales.
¿Es necesario ajustarse inmediatamente a la nueva UT o hay que esperar a su publicación en GO?
No hay consenso entre los contadores y juristas sobre el momento en el cual deba comenzar a utilizarse la nueva UT de 9 Bs. De acuerdo con nuestra Constitución, demás leyes de nuestro país y doctrinarios, es necesaria la publicación en GO para que entre en vigor, y es a partir de esa fecha (salvo disposición en contrario). Sin embargo, en los últimos años hemos visto la publicación de GO con fechas anteriores a la cual es publicada, y con efectos previos a ese día.
La mejor recomendación es estar preparado y tomar previsiones. Actualiza tus softwares para que cuenten con este nuevo valor, y ajusta tus cuentas para contemplar este aumento. ¡Ya en nuestro Centro de Ayuda cuentas con todo lo necesario para actualizar tus sistemas Gálac! De igual forma, muy pronto liberaremos nuevas versiones con las cuales automáticamente será actualizado el valor.
¡Actualiza tus sistemas Gálac!
Muy pronto estaremos liberando actualizaciones para nuestros sistemas de forma que no tengas que hacerlo manualmente. Aun así, si necesitas actualizar YA el valor de la UT aquí te decimos cómo hacerlo. Acá están los instructivos necesarios para que realicen los reajustes manuales de este nuevo valor:
👉 En el Sistema IVA y Renta.
- Para actualizar el nuevo valor de la Unidad Tributaria en el sistema, haz clic aquí.
- Para actualizar la tabla de retenciones de ISLR en el sistema, haz clic aquí.
Recuerda que debes descargar los archivos ubicados en la sección de “Instructivos” en el Centro de Ayuda:
¡Recuerda que, debido al peso de los archivos, vas a requerir un programa para descomprimir el .zip que se te va a descargar!
👉 En el Sistema Administrativo.
- Para actualizar el valor de la UT, haz clic aquí.
- Para actualizar la tabla de retenciones, haz clic aquí.
Recuerda que debes descargar los archivos ubicados en la sección de “Instructivos” en el Centro de Ayuda:
¡Recuerda que, debido al peso de los archivos, vas a requerir un programa para descomprimir el .zip que se te va a descargar!
¿No quieres realizar este proceso manualmente? ¡Tranquilo! En los próximos días estaremos liberando una nueva versión de nuestros programas para que solamente tengas que actualizarlo, o si cuentas con PAS puedes quedarte aún más tranquilo.
¿Para qué se utiliza la UT?
En primer lugar, es importante distinguir a cuál UT nos estamos refiriendo con este aumento. En los últimos años se ha vuelto muy común por parte de las alcaldías utilizar sus propias “Unidades Tributarias”. Estas son distintas a la que nos referimos en este artículo y a la que hace mención la providencia. Las definidas por las alcaldías son únicamente para los impuestos de esas alcaldías, mientras que esta es para todos los impuestos nacionales. Esto es decir, todos los impuestos que deben ser pagados o declarados directamente al SENIAT.
La UT tiene una amplia utilidad en distintas sanciones, gravámenes, tasas, y otros conceptos manejados por la Administración Pública. Un ejemplo común puede ser aquel de algunas multas en materia aeroportuaria. Aunque la UT ha estado siendo progresivamente remplazada por otras referencias (como el Petro), igual tiene un impacto importante en materias como declaración del ISLR.