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Ya disponible el Calendario de Sujetos Pasivos Especiales 2025, conoce las novedades aquí

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Con fecha del 18 de diciembre de 2024 y en Gaceta Oficial número 43.031, fue publicada la providencia administrativa SNAT/2024/000118. En este acto administrativo quedaron definidas las fechas para las obligaciones fiscales de los Sujetos Pasivos Especiales durante el 2025. En un acto separado, fueron publicados los calendarios para la “Contribución Especial de las Pensiones” y aquel para las actividades de juegos de envite y azar de los contribuyentes no especiales. 

Puedes descargar aquí el calendario de Sujetos Pasivos Especiales 2025, de acuerdo a como fue publicado por el SENIAT en la providencia administrativa SNAT/2024/000118, publicada en la Gaceta Oficial 43.031 del 18 de diciembre de 2024. 

Como es habitual todos los años, la Administración Tributaria, encabezada por el SENIAT, define las fechas en las que deben cumplirse las distintas obligaciones tributarias de naturaleza fiscal. Estas fechas son de especial importancia para los Sujetos Pasivos Especiales, cuyas fechas para cumplir tales obligaciones varían todos los años. 

Al igual que con el año anterior, en esta ocasión no encontramos mayores sorpresas respecto al año anterior. Sin embargo, más abajo te compartimos algunos datos claves y sugerencias para el mejor manejo de tus recursos en este nuevo año fiscal. Te recordamos también, que es de gran importancia que mantengas presentes los días bancarios, pues algunas declaraciones pueden coincidir con estos días y es importante que tomes tus previsiones. 

Otro pedazo importante de información que debes tener es que el calendario para el cumplimiento de la Contribución Especial de las Pensiones se encuentra publicado en una providencia separada. Pensando en ti, realizamos este carrusel en Instagram donde puedes revisar todas las fechas. Igualmente, puedes conseguir tal calendario aquí, en la Gaceta Oficial 43.032 con la providencia administrativa SNAT/2024/000120. 

 

¿Qué debes tener en cuenta? 
  • Recuerda que para ser un Sujeto Pasivo Especial [SPE] y cumplir con estas obligaciones, debes haber sido debidamente notificado por la Administración Tributaria (SENIAT).  
  • El incumplimiento de las obligaciones en las fechas establecidas por el calendario acarrea sanciones, según lo establece el Código Orgánico Tributario.  
  • Octubre será el mes del año con mayor cantidad de días hábiles, mientras que marzo será el que menos tenga. Utiliza bien tus recursos humanos y financieros durante estos meses para cumplir las obligaciones.  
  • Salvo que esté indicado lo contrario, casi todas las obligaciones que presentan 2 fechas pueden ser entendidas como plazos. Es decir, la primera fecha corresponde a la primera oportunidad para cumplir la obligación. La segunda fecha, se refiere al último día en la que puede ser cumplida. 

 

Te dejamos un resumen de las fechas en esta publicación. Además, puedes descargar el Calendario de Sujetos Pasivos Especiales 2025 haciendo clic aquí. 



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