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Venezuela prohíbe venta de artículos de primera necesidad por páginas web y sociales

 

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Diputados de la Asamblea Nacional (AN) han dado a conocer parte del proyecto de Ley de Comercio Electrónico, cuyo contenido será sometido a consulta pública. A través de esta normativa, Venezuela prohíbe la venta de artículos de primera necesidad por páginas web y sociales.

Restricciones como ésta serán igualmente válidas para la comercialización de medicamentos y todos aquellos productos, vendidos o no por el Estado venezolano, cuyos precios sean regulados. La medida se extiende a vehículos y viviendas de interés social, sustancias prohibidas y bienes o servicios vinculados con la prostitución o pornografía.

Especulación y fraude son 2 de los delitos perseguidos por este proyecto de ley, que busca proteger a los ciudadanos en el ámbito digital. La normativa en cuestión otorga facultades de fiscalización a la Superintendencia para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos, también conocida como Sundde.

Autoridades, además, deberán vigilar que los prestadores de bienes y servicios otorguen facturas electrónicas, en concordancia con las leyes venezolanas. El incumplimiento de cualquiera de estas disposiciones podría acarrear sanciones de orden administrativo, civil o penal, razón por la cual la Sundde se mantendrá vigilante ante cualquier irregularidad.

Especialistas en la materia señalan que el comercio electrónico en Venezuela representa más del 25 por ciento del total de transacciones que se realizan en el país. Con este instrumento legal, las plataformas de las páginas webs ofertantes deberán contar con alojamiento local.