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APRENDE | Todo lo que debes saber sobre la reconversión monetaria

Desde el próximo 20 de agosto el país tendrá nuevo sistema monetario que implica la reducción de cinco ceros en la moneda actual

 

De acuerdo a Gaceta Oficial N° 41.446, del 25 de julio de 2018, este 20 de agosto entra en vigencia el nuevo cono monetario nacional, que implica la reducción de cinco ceros a la moneda en todos los precios de los bienes y servicios, salarios, ahorros, deudas, tipo de cambio, alquileres y demás compromisos de pago expresados en moneda nacional. Es decir, que 200.000 Bolívares Fuertes actuales se convertirán en 2 Bolívares Soberanos tras la reconversión.

La nueva familia del cono monetario bolívar soberano (Bs.S.) está representada por ocho billetes y dos monedas.

Billetes: Bs.S. 2; Bs.S. 5; Bs.S. 10; Bs.S. 20; Bs.S. 50; Bs.S. 100; Bs.S. 200 y Bs.S. 500.

Monedas: Bs.S.1 y Bs.s.0,50.

En cumplimiento con las normas establecidas por el Banco Central de Venezuela, el BOD que preside Víctor Vargas Irausquín exhorta a sus clientes a tomar en cuenta lo siguiente:

No es necesario ir al banco a solicitar que se aplique la reconversión monetaria sobre su dinero depositado o los saldos de créditos, a partir del 20 de agosto de 2018 todos los montos serán reexpresados en bolívares soberanos de manera automática.

Los formatos de chequera y plantillas se mantendrán.

Victor Vargas Irausquín - Bolívares SoberanosNo será necesario colocar la expresión “Bolívares Soberanos” al emitir un cheque después del 20 de agosto.

Todo cheque emitido para ser cobrado después del 20 de agosto se entenderá que su monto YA ESTÁ EXPRESADO EN BOLÍVARES SOBERANOS, por lo que debe estar muy atento al momento de elaborarlo.

El sistema de la Cámara de Compensación Electrónica, administrado por el Banco Central de Venezuela, procesará hasta el 16 de agosto de 2018 los cheques emitidos antes del 20 de agosto de 2018. A partir del 21 de agosto de 2018, los cheques podrán cobrarse únicamente en las taquillas bancarias respectivas y su pago se realizará mediante la entrega de billetes y/o monedas metálicas representativas de la nueva escala monetaria.

La Gaceta Oficial N° 41.446, en su artículo 2, señala que el Banco Central de Venezuela determinará mediante una Resolución las denominaciones de billetes y monedas de la unidad monetaria actual que podrán circular después del 20 de agosto de 2018.

Esta medida, según informó el Ejecutivo Nacional, pretende facilitar las transacciones y simplificar los pagos, así como hacer más eficiente los sistemas de cómputos y registros contables.